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El 16 de abril de 2025, la UE publicó la versión 4 del documento FAQ sobre el Reglamento de la Unión Europea contra la Deforestación (EUDR). Este documento establece claramente las reglas para comercializar productos básicos específicos en el mercado de la UE y para su exportación. A medida que esta normativa entra en vigor, uno de los requisitos clave para operadores y comerciantes no pymes es la trazabilidad robusta de la cadena de suministro.
Para asegurar que tus productos cumplan con los estándares del EUDR, es crucial entender estas obligaciones de trazabilidad e implementar sistemas eficaces.
En este blog, hemos recopilado todas las actualizaciones y añadidos relevantes incluidos en la versión 4 del FAQ del EUDR. Desde cómo garantizar una trazabilidad sólida hasta cómo gestionar los cambios en el alcance y las definiciones, te guiamos por todas las revisiones de uno de los FAQ del EUDR más completos hasta la fecha.
Uno de los componentes clave del EUDR es la trazabilidad hasta la parcela de tierra donde se produjeron las materias primas. Esto implica recopilar y documentar información sobre el recorrido de tus productos, incluyendo los datos de geolocalización desde su origen.
El nuevo FAQ también destaca el uso de información obtenida por sensores remotos, como imágenes aéreas o satelitales, para verificar la geolocalización del producto declarado y su vínculo con la deforestación.
Para cumplir con estos requisitos de trazabilidad, los operadores (y comerciantes no pymes que colocan o exportan productos que no estén ya cubiertos por un DDS conforme de un operador upstream) deben recopilar y conservar información específica durante cinco años para demostrar el cumplimiento. Esta información incluye:
Los datos geográficos de las parcelas de tierra donde se produjo la materia prima correspondiente.
Esta información debe presentarse en una Declaración de Diligencia Debida (DDS) a través del Sistema de Información antes de colocar los productos en el mercado de la UE o exportarlos. Sin un DDS válido, dichas acciones comerciales están prohibidas.
Para productos a granel como la soja o el aceite de palma, es fundamental garantizar que se identifiquen todas las parcelas de tierra implicadas en el envío. Dado que estas materias primas se comercializan a granel, dichos envíos no deben mezclarse con productos de origen desconocido ni con productos procedentes de zonas deforestadas y/o degradadas después de la fecha límite (31 de diciembre de 2020).
En el caso de productos compuestos como los muebles, los operadores están obligados a incluir la geolocalización de todas las parcelas de tierra (o bien referenciar un DDS anterior que contenga dicha geolocalización) en las que se haya producido la materia prima relevante (en este caso: madera) utilizada en la fabricación.
Cuando se utiliza un DDS anterior proporcionado por un proveedor ascendente, es importante tener en cuenta que los operadores intermedios y los comerciantes siguen siendo plenamente responsables del cumplimiento. Se recomienda realizar revisiones anuales y controles de riesgo sobre los proveedores para cumplir con esta responsabilidad.
Según el EUDR, los operadores deben recopilar la información relativa a la fecha y el rango temporal de producción para todas las materias primas relevantes. No obstante, es importante señalar que estos requisitos varían en función del tipo de producto.
Para todas las materias primas relevantes excepto el ganado bovino, la fecha de producción se refiere a la fecha de cosecha, y el rango temporal hace referencia a la duración del proceso productivo. En el caso del ganado bovino, el rango temporal abarca toda la vida del animal: desde el nacimiento hasta el sacrificio.
Para el ganado vivo, los operadores deben recopilar y presentar todos los datos de geolocalización hasta el primer ingreso al mercado de la UE, como parte del DDS. Si los animales se venden más adelante en la cadena de suministro, los comerciantes no considerados pymes deberán añadir las geolocalizaciones de todos los establecimientos adicionales en los que se haya alojado el ganado tras ese primer ingreso.
La nueva versión del FAQ aclara que no se requiere la geolocalización del pienso para ganado, a menos que dicho pienso esté incluido como una materia prima en el alcance del EUDR en el momento de la alimentación (por ejemplo, harina de soja destinada al comercio).
Incluso en cadenas de suministro complejas, el nuevo FAQ insiste en que mantener una trazabilidad precisa de las materias primas afectadas es de suma importancia.
Por ejemplo, si un envío a granel de soja proviene de varias parcelas de tierra situadas en distintos países, el operador debe asegurarse de que el DDS correspondiente incluya todos los países de producción implicados.
Esto también implica complementar el DDS con información de geolocalización de cada parcela de tierra, en todos los países involucrados.
Los operadores pueden ahora presentar una única Declaración de Diligencia Debida (DDS) que cubra hasta 12 meses, lo que facilita considerablemente el proceso de cumplimiento.
Sin embargo, este enfoque simplificado solo es válido si los orígenes de los productos permanecen exactamente iguales durante todo el año.
Cualquier cambio en el origen —como cambiar de proveedor o añadir nuevas fincas— requiere un nuevo DDS. Por ello, esta opción solo será útil para empresas con cadenas de suministro altamente estables y trazables, lo que la convierte en una solución práctica para un número limitado de casos.
El FAQ actualizado también aclara algunos límites técnicos clave para las declaraciones DDS presentadas a través del sistema TRACES. Cada DDS puede hacer referencia hasta a 2.000 DDS diferentes. El tamaño máximo del archivo para subir datos de geolocalización es de 25 MB. Una sola DDS puede incluir hasta 200 líneas de producto (entradas de productos distintos).
Además, se introduce una nueva flexibilidad para los grupos empresariales: ahora los representantes autorizados pueden presentar DDS en nombre de varias empresas dentro de un mismo grupo. Esto agiliza el cumplimiento normativo en organizaciones grandes y simplifica el uso compartido de números DDS entre entidades.
En algunos países, los operadores pueden enfrentarse a leyes gubernamentales estrictas que prohíben compartir datos públicos de geolocalización. Sin embargo, el FAQ deja claro que la existencia de esas leyes no exime a los operadores de su obligación de llevar a cabo la diligencia debida para las materias primas afectadas.
Por tanto, si un operador no puede proporcionar los datos requeridos, no podrá poner los productos en el mercado de la UE, ni ponerlos a disposición ni exportarlos.
Esto también aplica si el proveedor ascendente no puede facilitar la información necesaria, lo que igualmente impide la entrada de esa materia prima en el mercado europeo.
El EUDR establece requisitos estrictos, legalmente vinculantes, en materia de trazabilidad y diligencia debida. Para las empresas que colocan productos relevantes en el mercado de la UE o los exportan, la capacidad de recopilar y verificar información detallada, como datos de geolocalización, información de proveedores y pruebas de cosecha legal, no es opcional, sino obligatoria. Cumplir con la normativa requiere no solo precisión, sino también integridad en los procesos y capacidad de auditoría.
osapiens HUB for EUDR está diseñado para ayudar a las empresas a cumplir con estas obligaciones normativas de forma sencilla, agilizando todo el proceso de cumplimiento en una única herramienta. Ofrece una amplia gama de funcionalidades para simplificar cómo recopilas, gestionas y utilizas los datos clave de trazabilidad.
Aunque los requisitos puedan parecer complejos, osapiens HUB for EUDR ofrece una solución fácil y eficaz para garantizar que tus productos cumplan con los estándares del reglamento.
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