Carbon Border Adjustment Mechanism (CBAM)

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) de la UE exige a cualquier empresa que importe más de 50 toneladas anuales de cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad o hidrógeno a la UE que se registre como declarante CBAM autorizado, que comunique anualmente las emisiones de gases de efecto invernadero incorporadas y verificadas, y que entregue certificados CBAM cuyo precio se vincula a los derechos de emisión del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE (EU ETS), con una sanción de 100 € por tonelada de CO₂e para los declarantes autorizados que no entreguen los certificados a tiempo.

Próximo plazo

30 de septiembre de 2027: los declarantes CBAM autorizados deben presentar la primera declaración anual CBAM y entregar los certificados correspondientes a todas las mercancías cubiertas importadas durante 2026.

El ejercicio 2026 ya está en curso. Los declarantes CBAM autorizados deben verificar y declarar las emisiones incorporadas de todas las mercancías importadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 antes del 30 de septiembre de 2027. Los precios de los certificados CBAM para las importaciones de 2026 se fijan como medias trimestrales de los precios de subasta de los derechos del EU ETS. Los certificados salen a la venta en febrero de 2027. Las empresas que aún no hayan obtenido el estatus de declarante CBAM autorizado no podrán importar mercancías cubiertas por encima del umbral anual de 50 toneladas hasta que la Autoridad Nacional Competente (NCA) les conceda la autorización.

Cronología de la regulación

1. October 2023

Comienza la fase transitoria del CBAM. Los importadores de la UE de mercancías cubiertas deben presentar informes trimestrales sobre las emisiones de gases de efecto invernadero incorporadas. No se exige la compra de certificados durante esta fase.

17. October 2025

Se publica en el Diario Oficial de la UE el paquete de simplificación CBAM Omnibus (Reglamento UE 2025/2083). Cambios clave: la fecha límite de la declaración anual se traslada del 31 de mayo al 30 de septiembre; el requisito trimestral de tenencia de certificados se reduce del 80 % al 50 % de las emisiones incorporadas; la exención de minimis anual de 50 toneladas queda jurídicamente vinculante.

31. January 2026

Vence el último informe trimestral transitorio, correspondiente a las importaciones del cuarto trimestre de 2025.

Febrero de 2027

Los certificados CBAM salen a la venta por primera vez a través de la plataforma central de la UE, correspondientes a las importaciones de 2026. Los precios reflejan la media trimestral de 2026 de los precios de subasta de los derechos del EU ETS.

31. January 2024

Vence el primer informe trimestral transitorio del CBAM, correspondiente a las importaciones del cuarto trimestre de 2023.

1. January 2026

Comienza la fase definitiva. Finaliza la presentación de informes trimestrales transitorios. Las obligaciones de declaración anual y de certificados se aplican a todas las importaciones de mercancías cubiertas por encima de las 50 toneladas anuales.

31. March 2026

Fecha límite para presentar solicitudes de declarante CBAM autorizado mientras se continúan las importaciones provisionales. Los solicitantes tardíos deben esperar la aprobación de la NCA antes de importar por encima del umbral de 50 toneladas.

30. September 2027

Vence la primera declaración anual CBAM y la entrega de certificados, correspondiente a todas las mercancías cubiertas importadas durante 2026.

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  • 2023
    1. October 2023

    Comienza la fase transitoria del CBAM. Los importadores de la UE de mercancías cubiertas deben presentar informes trimestrales sobre las emisiones de gases de efecto invernadero incorporadas. No se exige la compra de certificados durante esta fase.

  • 2024
    31. January 2024

    Vence el primer informe trimestral transitorio del CBAM, correspondiente a las importaciones del cuarto trimestre de 2023.

  • 2025
    17. October 2025

    Se publica en el Diario Oficial de la UE el paquete de simplificación CBAM Omnibus (Reglamento UE 2025/2083). Cambios clave: la fecha límite de la declaración anual se traslada del 31 de mayo al 30 de septiembre; el requisito trimestral de tenencia de certificados se reduce del 80 % al 50 % de las emisiones incorporadas; la exención de minimis anual de 50 toneladas queda jurídicamente vinculante.

  • 2026
    1. January 2026

    Comienza la fase definitiva. Finaliza la presentación de informes trimestrales transitorios. Las obligaciones de declaración anual y de certificados se aplican a todas las importaciones de mercancías cubiertas por encima de las 50 toneladas anuales.

  • 31. January 2026

    Vence el último informe trimestral transitorio, correspondiente a las importaciones del cuarto trimestre de 2025.

  • 31. March 2026

    Fecha límite para presentar solicitudes de declarante CBAM autorizado mientras se continúan las importaciones provisionales. Los solicitantes tardíos deben esperar la aprobación de la NCA antes de importar por encima del umbral de 50 toneladas.

  • 2027
    Febrero de 2027

    Los certificados CBAM salen a la venta por primera vez a través de la plataforma central de la UE, correspondientes a las importaciones de 2026. Los precios reflejan la media trimestral de 2026 de los precios de subasta de los derechos del EU ETS.

  • 30. September 2027

    Vence la primera declaración anual CBAM y la entrega de certificados, correspondiente a todas las mercancías cubiertas importadas durante 2026.

Qué exige la regulación

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (Reglamento UE 2023/956, modificado por el Reglamento UE 2025/2083) entró en su fase definitiva el 1 de enero de 2026, tras un período transitorio de presentación de informes de octubre de 2023 a diciembre de 2025. Se aplica a los importadores de la UE y a los representantes aduaneros indirectos que actúan en su nombre, que importan mercancías cubiertas a la UE: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno.

Los importadores por debajo de 50 toneladas anuales en el conjunto de todas las mercancías afectadas están exentos de las obligaciones del CBAM. La electricidad y el hidrógeno se evalúan por separado y no están sujetos al mismo umbral.

El reglamento exige a los importadores disponer del estatus de declarante CBAM autorizado, comunicar las emisiones de gases de efecto invernadero verificadas (directas y, en algunos sectores, indirectas) incorporadas en las mercancías importadas, comprar certificados CBAM equivalentes a esas emisiones y entregarlos anualmente. Si ya se ha pagado un precio por el carbono en el país de origen, el declarante puede deducir el importe correspondiente.

El mecanismo evita la fuga de carbono garantizando que el coste del carbono de las importaciones sea equiparable al que soportan los productores de la UE bajo el EU ETS, con una eliminación gradual de los derechos gratuitos para los productores europeos entre 2026 y 2034.

Retos habituales de implementación del CBAM

Los proveedores de fuera de la UE rara vez disponen de datos de emisiones en el formato exigido por el CBAM

El cumplimiento del CBAM depende del acceso a datos de emisiones fiables de proveedores fuera de la UE. Los importadores deben calcular las emisiones incorporadas de cada mercancía importada y de cada centro de producción, y respaldar esos cálculos con datos verificados a nivel de producción.

Los proveedores de fuera de la UE operan al margen del ámbito regulatorio del CBAM y no tienen obligación de facilitar datos de emisiones en el formato que exige el reglamento. Los procesos de reporte de emisiones y los estándares metodológicos no son uniformes entre regiones de producción, y no puede darse por sentada la capacidad de verificación.

La autorización, la declaración y la entrega de certificados requieren cada una un flujo de trabajo distinto

La fase definitiva establece tres obligaciones conectadas: autorización, declaración anual y entrega de certificados. Cada una conlleva su propio flujo de trabajo, interacción con el registro y requisitos de plazos.

El requisito trimestral de tenencia de certificados es del 50 % de las emisiones incorporadas acumuladas desde el inicio del año natural. Preparar y presentar la declaración anual y la entrega de certificados requiere la aportación coordinada de compras, cumplimiento comercial y finanzas.

El coste de los certificados varía con el precio de los derechos de emisión del RCDE UE

Los precios de los certificados CBAM se mueven con los precios de los derechos del EU ETS. Para las importaciones de 2026, los precios de los certificados reflejan una media trimestral de los precios de subasta del EU ETS.

A partir de 2027, los precios de los certificados reflejarán medias semanales del EU ETS. Los importadores deben prever su exposición al coste de los certificados, tener en cuenta los costes de carbono ya pagados en el país de origen y planificar las compras antes de la fecha límite anual de entrega del 30 de septiembre.

El CBAM podría ampliarse a determinados productos transformados a partir de 2028

En diciembre de 2025, la Comisión Europea presentó una propuesta legislativa para ampliar la cobertura del CBAM a determinados productos intermedios y finales. La propuesta está sujeta a negociación legislativa y aún no ha sido adoptada.

De adoptarse, la ampliación incorporaría nuevas categorías de productos al ámbito del CBAM. El alcance de esas categorías y la fecha de aplicación de 2028 pueden variar a medida que avance la negociación legislativa.

Gestiona todas las obligaciones del CBAM en una sola plataforma

El osapiens HUB para CBAM cubre el flujo de trabajo de cumplimiento, el cálculo de emisiones incorporadas, la preparación de la declaración anual y la generación del informe CBAM para su envío al portal de declarantes CBAM de la UE. La plataforma da a los equipos de compras y finanzas visibilidad sobre la exposición al coste del carbono y permite comparar proveedores por categorías de producto.

Recopila datos verificados de emisiones a nivel de producción mediante el osapiens Supplier Portal

Los proveedores acceden a un portal gratuito y multilingüe con módulos de e-Learning integrados que les guían por la metodología de cálculo de emisiones de la UE. Los flujos de recordatorios y las plantillas de correo personalizables gestionan automáticamente el seguimiento de los proveedores.

Cuando no se dispone de datos verificados del proveedor, los importadores deben utilizar los valores por defecto de la UE. Estos valores están fijados de forma deliberadamente conservadora y pueden dar lugar a obligaciones CBAM superiores a las calculadas con datos de producción verificados.

RECURSOS ADICIONALES SOBRE EL CBAM

Preguntas frecuentes

 

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