CSDDD: Corporate Sustainability Due Diligence Directive

Las empresas europeas y no europeas dentro del alcance deben identificar, prevenir y abordar los impactos sobre derechos humanos y medioambiente en sus propias operaciones y su cadena de valor, con diligencia debida documentada y supervisión regulatoria en cada Estado miembro.

Próximo plazo

26 de julio de 2029: Fecha de aplicación para las empresas dentro del alcance bajo la CSDDD revisada.

La capa de datos detrás del cumplimiento de la CSDDD se construye a lo largo de varios ciclos de compras. Los marcos de implicación de proveedores, las cláusulas contractuales y las metodologías de riesgo firmados hoy determinan lo que estará disponible cuando las obligaciones de diligencia debida comiencen a aplicar. Las empresas que ya reportan bajo la CSRD o ejecutan regulaciones nacionales de cadena de suministro están usando el período de transición para consolidar una única base de datos de proveedores para todos los regímenes relevantes.

Cronología de la regulación

Junio de 2024

La Directiva (UE) 2024/1760 entra en vigor tras su adopción final por el Parlamento Europeo y el Consejo.

26 de febrero de 2026

Se publica en el Diario Oficial la Directiva Omnibus I (UE) 2026/470, que estrecha el alcance de la CSDDD y modifica las obligaciones de diligencia debida.

26 de julio de 2028

Los Estados miembros deben transponer la CSDDD revisada al derecho nacional.

1 de enero de 2030

Primer ejercicio financiero cubierto por la obligación de publicar una declaración anual sobre cuestiones de diligencia debida en materia de sostenibilidad.

Abril de 2024

La Directiva Stop-the-Clock (UE) 2025/794 pospone un año la primera fase de aplicación.

18 de marzo de 2026

Omnibus I entra en vigor en toda la UE.

29 de julio de 2029

Fecha de aplicación para las empresas dentro del alcance. Las obligaciones de diligencia debida basada en riesgo aplican en las operaciones propias, las filiales y la cadena de actividades.

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  • 2024
    Junio de 2024

    La Directiva (UE) 2024/1760 entra en vigor tras su adopción final por el Parlamento Europeo y el Consejo.

  • 2025
    Abril de 2024

    La Directiva Stop-the-Clock (UE) 2025/794 pospone un año la primera fase de aplicación.

  • 2026
    26 de febrero de 2026

    Se publica en el Diario Oficial la Directiva Omnibus I (UE) 2026/470, que estrecha el alcance de la CSDDD y modifica las obligaciones de diligencia debida.

  • 18 de marzo de 2026

    Omnibus I entra en vigor en toda la UE.

  • 2028
    26 de julio de 2028

    Los Estados miembros deben transponer la CSDDD revisada al derecho nacional.

  • 2029
    29 de julio de 2029

    Fecha de aplicación para las empresas dentro del alcance. Las obligaciones de diligencia debida basada en riesgo aplican en las operaciones propias, las filiales y la cadena de actividades.

  • 2030
    1 de enero de 2030

    Primer ejercicio financiero cubierto por la obligación de publicar una declaración anual sobre cuestiones de diligencia debida en materia de sostenibilidad.

Qué exige la regulación

Las empresas dentro del alcance deben identificar, evaluar y abordar los impactos adversos sobre derechos humanos y medioambiente en sus propias operaciones, sus filiales y su cadena de actividades.

El alcance revisado aplica a empresas europeas con más de 5.000 empleados y una facturación neta mundial superior a 1.500 millones de euros, y a empresas no europeas que generen más de 1.500 millones de euros en facturación en la UE. 

Los business partners directos (Tier 1) son el foco principal de la diligencia debida. La evidencia de riesgo en niveles más profundos activa una investigación adicional.

Las obligaciones de diligencia debida cubren seis áreas:

  • Integrar la diligencia debida en la política de la empresa y la gestión de riesgos
  • Identificar y priorizar los impactos
  • Prevenir y mitigar los daños potenciales
  • Remediar los daños reales
  • Implicar a los stakeholders
  • Operar un mecanismo de reclamaciónes

Los Estados miembros designan autoridades de supervisión y fijan sanciones de hasta el 3 % de la facturación neta mundial.

Retos operativos del cumplimiento de la CSDDD

Delimitar correctamente la cadena de actividades

La CSDDD revisada centra la evaluación en profundidad en los business partners directos, con una investigación más profunda activada solo por información plausible de riesgo más arriba en la cadena. Determinar qué partners están dentro del alcance, qué puntos de activación justifican un escalado y cómo se tratan las relaciones posteriores requiere una metodología definida aplicada de forma consistente en toda la empresa.

Recopilar datos de diligencia debida sin sobrecargar a los partners más pequeños

La CSDDD revisada codifica que las solicitudes de información deben ser necesarias, específicas y proporcionadas, con requisitos reducidos para los business partners más pequeños.  El marco voluntario VSME ofrece un punto de referencia sobre lo que las empresas más pequeñas pueden compartir razonablemente, pero aplicar esa calibración de forma consistente entre miles de partners requiere un sistema estructurado.

Recopilación manual de datos en sistemas fragmentados

La recopilación de datos de proveedores a través de emails, hojas de cálculo y herramientas separadas por regulación genera solicitudes duplicadas entre CSDDD, CSRD, EUDR y las leyes nacionales de cadena de suministro. El rastro documental resultante queda disperso en sistemas desconectados que las autoridades de supervisión no pueden reconciliar fácilmente.

Construir evidencia defendible de priorización y remediación

La diligencia debida basada en el riesgo exige que las empresas demuestren qué impactos priorizaron, qué acción correctora tomaron y cómo monitorizaron la eficacia. Los registros deben capturar cada decisión en el momento en que se toma, con historial de versiones, registros de aprobadores y fuentes de datos subyacentes conservadas.

El ciclo completo de diligencia debida de la CSDDD en una plataforma

El osapiens HUB for Supply Chain Compliance cubre la identificación de riesgos, la implicación de proveedores, el seguimiento de la prevención y la remediación, y la documentación lista para auditoría de cada business partner de la cadena de actividades. El mismo perfil de Business Partner 360° que alimenta la trazabilidad EUDR y las divulgaciones de cadena de valor de la CSRD pone los datos CSDDD a disposición de cada workflow conectado sin reintroducir datos.

Diligencia debida basada en el riesgo sobre un único perfil de proveedor

Los indicadores de riesgo por país, sector y materia prima identifican y priorizan los impactos adversos entre los business partners directos. Los mapas de calor, las puntuaciones de severidad y los workflows de priorización quedan registrados en cada perfil de proveedor, y el mismo perfil alimenta automáticamente la trazabilidad EUDR y las divulgaciones de cadena de valor de la CSRD.

Preguntas frecuentes

 

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